7°C ·Santiago·09 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Impidieron a diputados ingresar al Parlamento de Cataluña.

Tribunal Constitucional de España rechazó recurso de amparo interpuesto contra sentencia que condenó a cinco personas a tres años de prisión e inhabilitación para ser electos por votación popular.

No cabe considerar como ejercicio legítimo de la libertad de expresión una reunión o manifestación a aquellos mensajes que, por su contenido o forma de expresarlos, incorporen amenazas o intimidaciones a los demás.

Por Vicente Aylwin Fernández·04 de julio de 2021·1 min de lectura
Crónica Global
Referencial

No cabe considerar como ejercicio legítimo de la libertad de expresión una reunión o manifestación a aquellos mensajes que, por su contenido o forma de expresarlos, incorporen amenazas o intimidaciones a los demás . . .

Te puede interesar