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Diario Constitucional

“Funa” - Derecho al honor.

Titular de una cuenta de Facebook debe responder por comentarios de terceras personas que publiquen en su perfil, resuelve Tribunal Supremo de España.

Debe indemnizar el daño moral por ataques a la dignidad humana, que no es de carácter meramente simbólico, pues debe ser acorde con el relieve de los valores e intereses en juego, por lo que debe protegerse el derecho fundamental no como teórico e ideal, sino como un derecho real y efectivo.

Por Redacción·22 de noviembre de 2022·1 min de lectura
Titular de una cuenta de Facebook debe responder por comentarios de terceras personas que publiquen en su perfil, resuelve Tribunal Supremo de España.
Referencial

Debe indemnizar el daño moral por ataques a la dignidad humana, que no es de carácter meramente simbólico, pues debe ser acorde con el relieve de los valores e intereses en juego, por lo que debe protegerse el derecho fundamental no como teórico e ideal, sino como un derecho real y efectivo . . .

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