Hay voto en contra.
TC español acoge amparo en favor de farmacéutico que no distribuyó «píldora del día después» por objeción de conciencia.
El TC español consideró que la sanción impuesta al demandante vulneró su derecho a la objeción de conciencia como manifestación de la libertad ideológica y religiosa, que la Constitución reconoce en su art. 16.1.

El TC español consideró que la sanción impuesta al demandante vulneró su derecho a la objeción de conciencia como manifestación de la libertad ideológica y religiosa, que la Constitución reconoce en su art. 16.1 . . .
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