Después del vencimiento del plazo.
TC de República Dominicana declaró inadmisible recurso de revisión constitucional en un proceso de amparo por haber sido deducido extemporáneamente.
El plazo de 5 días para interponer el recurso de revisión constitucional comienza a correr en la especie a partir de la notificación de la sentencia objeto del recurso.

El plazo de 5 días para interponer el recurso de revisión constitucional comienza a correr en la especie a partir de la notificación de la sentencia objeto del recurso . . .
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