Comentario de Gonzalo Martínez Etxeberria.
TC de España refuerza derecho a protección de la propia imagen en sentencia «fotos Facebook»..
El Tribunal debía dilucidar si subir una información voluntariamente y asumiendo las condiciones fijadas por la propia red social puede ser utilizada para otros fines distintos para los que se subió por parte de un tercero que no haya recabado el consentimiento del titular legítimo de dicha información.

El Tribunal debía dilucidar si subir una información voluntariamente y asumiendo las condiciones fijadas por la propia red social puede ser utilizada para otros fines distintos para los que se subió por parte de un tercero que no haya recabado el consentimiento del titular legítimo de dicha información . . .
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