Con voto particular.
TC de España estableció que sólo los estatutos pueden quitar, limitar o repartir la potestad reglamentaria en las comunidades autónomas.
La elaboración de reglamentos puede ser objeto de regulación básica, pero la exigencia de una planificación anual desborda ese ámbito.

La elaboración de reglamentos puede ser objeto de regulación básica, pero la exigencia de una planificación anual desborda ese ámbito . . .
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