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Diario Constitucional

Desestimó cuestión de inconstitucionalidad.

TC de España determinó que los actos de aviso y de notificación de resoluciones judiciales tienen distinto régimen jurídico.

La decisión fue acordada con el voto particular del Magistrado Xiol Ríos, quien consideró que se debería haber declarado la inconstitucionalidad y nulidad del último inciso del párrafo tercero del art. 152.2 LEC.

Por diarioconstitucional·29 de enero de 2019·1 min de lectura
TC de España determinó que los actos de aviso y de notificación de resoluciones judiciales tienen distinto régimen jurídico.
Referencial

La decisión fue acordada con el voto particular del Magistrado Xiol Ríos, quien consideró que se debería haber declarado la inconstitucionalidad y nulidad del último inciso del párrafo tercero del art. 152.2 LEC . . .

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