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Diario Constitucional

Recurso de casación rechazado.

Quien graba una conversación no infringe por este sólo hecho el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones, resuelve el Tribunal Supremo de España.

No hay diferencia alguna en que el interlocutor que quiere registrar la conversación lo haga y luego la transmita a un tercero o directamente le permite al tercero acceder a la conversación para que la grabe.

Por Redacción·24 de marzo de 2023·1 min de lectura
Quien graba una conversación no infringe por este sólo hecho el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones, resuelve el Tribunal Supremo de España.
Referencial

No hay diferencia alguna en que el interlocutor que quiere registrar la conversación lo haga y luego la transmita a un tercero o directamente le permite al tercero acceder a la conversación para que la grabe . . .

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