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Diario Constitucional

Impugnación de inscripción de marca.

No existe privilegio ni exclusividad sobre el vocablo “Mundo” por lo que los registros marcarios pueden coexistir, resuelve un tribunal argentino.

El registro de la marca solicitada por las actoras y su utilización no le ocasiona perjuicio alguno a la oponente. Ambos conjuntos contienen las palabras MUJERES y MUNDO, ambos son términos evocativos que las convierten en marcas débiles. Si bien es innegable que ambas son similares, esto se debe a los vocablos evocativos que las partes decidieron introducir en las marcas objeto del presente cotejo, por lo que deben tolerar las consecuencias de ello.

Por Redacción·26 de octubre de 2023·1 min de lectura
imagen: fundacionaquae.org
Referencial

El registro de la marca solicitada por las actoras y su utilización no le ocasiona perjuicio alguno a la oponente. Ambos conjuntos contienen las palabras MUJERES y MUNDO, ambos son términos evocativos que las convierten en marcas débiles. Si bien es innegable que ambas son similares, esto se debe a los vocablos evocativos que las partes decidieron introducir en las marcas objeto del presente cotejo, por lo que deben tolerar las consecuencias de ello . . .

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