16°C ·Santiago·08 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Responsabilidad patrimonial extracontractual.

No cabe atribuir responsabilidad al propietario de un árbol que cayó durante una tempestad y causó daños al vecino pues ello configura un caso de fuerza mayor, resuelve tribunal español.

Puede considerarse como supuesto de fuerza mayor la presencia de vientos que superan los 120 kilómetros/hora. En este caso, y según lo informado por meteorología, la "Tempestad Ana" fue de extraordinaria intensidad. Ello acredita la falta de nexo causal y desvirtúa la atribución de responsabilidad.

Por Redacción·01 de octubre de 2022·1 min de lectura
imagen: pixabay.com
Referencial

Puede considerarse como supuesto de fuerza mayor la presencia de vientos que superan los 120 kilómetros/hora. En este caso, y según lo informado por meteorología, la "Tempestad Ana" fue de extraordinaria intensidad. Ello acredita la falta de nexo causal y desvirtúa la atribución de responsabilidad . . .

Te puede interesar