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Diario Constitucional

Es improcedente la obligación subsidiaria.

Mujer jubilada no está obligada a pagar alimentos provisorios a su nieta de 21 años, resuelve tribunal argentino.

Se comparte el criterio en cuanto a que el reclamo alimentario formulado por personas mayores de 18 años contra sus abuelos requiere de un análisis diferencial. En estos casos, la persona alimentada no es un sujeto de protección especial, para lo cual requeriría de prueba sobre la imposibilidad o dificultad que padece para abastecerse, lo que no ocurre en el caso.

Por Redacción·30 de julio de 2023·1 min de lectura
Mujer jubilada no está obligada a pagar alimentos provisorios a su nieta de 21 años, resuelve tribunal argentino.
Referencial

Se comparte el criterio en cuanto a que el reclamo alimentario formulado por personas mayores de 18 años contra sus abuelos requiere de un análisis diferencial. En estos casos, la persona alimentada no es un sujeto de protección especial, para lo cual requeriría de prueba sobre la imposibilidad o dificultad que padece para abastecerse, lo que no ocurre en el caso . . .

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