Confidencialidad de datos.
Las empresas no pueden revelar a un abogado información confidencial de sus colaboradores, a menos que busquen asistencia técnica, resuelve el Tribunal Supremo de España.
La entrega de información hubiese sido lícita si se hubiese realizado con el único de fin de ser asesorado y no para fines distintos al pactado contractualmente.

La entrega de información hubiese sido lícita si se hubiese realizado con el único de fin de ser asesorado y no para fines distintos al pactado contractualmente . . .


