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Diario Constitucional

No es una eximente de responsabilidad penal.

La embriaguez es una agravante en la comisión de delitos sexuales, resuelve la Corte Suprema de Perú.

Lo que antes implicaba una rebaja prudencial de la pena, actualmente constituye un motivo que agrava la sanción punitiva del tipo base del delito de violación sexual. La razón: otorgar más protección al estado de vulnerabilidad de la víctima, quien se encuentra expuesto o expuesta a sucesos que atentan contra su indemnidad sexual.

Por Redacción·04 de agosto de 2023·1 min de lectura
imagen: images.ecestaticos.com
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Lo que antes implicaba una rebaja prudencial de la pena, actualmente constituye un motivo que agrava la sanción punitiva del tipo base del delito de violación sexual. La razón: otorgar más protección al estado de vulnerabilidad de la víctima, quien se encuentra expuesto o expuesta a sucesos que atentan contra su indemnidad sexual . . .

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