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Diario Constitucional

RESPONSABILIDAD DE EMPLEADORES

Justicia peruana condena a empleadores por muerte de trabajador durante asalto armado

La Corte Suprema de Perú resolvió rechazar los recursos de casación presentados por dos empresas demandadas y confirmó la indemnización fijada a favor de la familia de un trabajador que perdió la vida tras ser víctima de un asalto armado. El fallo ordenó el pago solidario de 613.194 soles por…

Por Redacción·15 de agosto de 2026·2 min de lectura
Justicia peruana condena a empleadores por muerte de trabajador durante asalto armado
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La Corte Suprema de Perú resolvió rechazar los recursos de casación presentados por dos empresas demandadas y confirmó la indemnización fijada a favor de la familia de un trabajador que perdió la vida tras ser víctima de un asalto armado. El fallo ordenó el pago solidario de 613.194 soles por concepto de daños y perjuicios, al constatar la falta de medidas preventivas en el desarrollo de las tareas asignadas.

El hecho ocurrió cuando la víctima, quien se desempeñaba como conductor, acudió a las instalaciones del estacionamiento de una de las empresas tras recoger el dinero recaudado en distintas sedes comerciales. En ese lugar fue abordado por terceros armados para sustraer los fondos y recibió un disparo de fuego que le causó la muerte en el acto. Durante la diligencia, el vehículo utilizado carecía de blindaje, el chofer no disponía de chaleco antibalas ni contaba con el seguro de vida correspondiente.

En las instancias previas, los tribunales del trabajo determinaron que la actividad desarrollada implicaba un alto riesgo y que las compañías involucradas incurrieron en una falta al no proveer condiciones e implementos de resguardo adecuados. Asimismo, se estableció que ambas firmas formaban parte de un grupo económico articulado para la recepción del dinero, lo que justificó la aplicación de la responsabilidad solidaria en favor de los familiares del fallecido.

Al revisar el recurso, la sala suprema recordó que la normativa laboral define como accidente de trabajo a todo suceso repentino sobrevenido por causa o con ocasión de las labores habituales u órdenes directas del empleador, aun cuando el evento sea provocado por terceros o fuera de la jornada regular. En esa línea, ratificó que las lesiones o el deceso sufridos en un robo a mano armada mientras se ejecutan instrucciones directas encuadran en dicha categoría legal.

El fallo enfatizó que los principios de prevención y responsabilidad exigen a las empresas asegurar ambientes de trabajo que resguarden la vida de sus empleados, asumiendo las consecuencias legales y económicas si se vulnera dicho deber. En el caso analizado, al quedar demostrado el incumplimiento en la prevención de riesgos frente al transporte de dineros, el tribunal determinó que la obligación indemnizatoria resultaba plenamente aplicable a ambas entidades.

Vea sentencia Corte Suprema de Perú.

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