Opinión.
Escriben: «Ejercicio profesional organizado en forma de sociedades». Caso argentino.
Se estima que el problema principal es que el Fisco considera que las rentas, que obtienen los profesionales que pertenecen a un estudio profesional, son de tercera categoría.

Se estima que el problema principal es que el Fisco considera que las rentas, que obtienen los profesionales que pertenecen a un estudio profesional, son de tercera categoría . . .
Te puede interesar

Regulan uso de IA en abogados
Legisladores de California (EE.UU) aprueban ley que regula uso de IA por parte de profesionales del derecho

Litigo en curso
Gobierno brasileño demanda a Discord por presunta infracción a normativa sobre seguridad infantil online

Valida medida cautelar
Justicia francesa confirma prisión preventiva de menor de edad pese a derogación posterior de norma legal aplicable

