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Diario Constitucional

Aprobada por el Congreso de los Diputados.

Entró en vigor en España nueva normativa que permite al Gobierno intervenir redes y comunicaciones electrónicas si se producen alteraciones del «orden público» o en caso de «amenazas para la seguridad nacional».

La principal novedad de esta normativa reside en que ahora el Ejecutivo no necesitará autorización judicial para proceder al corte de redes y comunicaciones, como necesitaba hasta ahora para, por ejemplo, cerrar páginas web en caso de que existiesen indicios de la comisión de un ilícito penal.

Por diarioconstitucional·03 de diciembre de 2019·1 min de lectura
Entró en vigor en España nueva normativa que permite al Gobierno intervenir redes y comunicaciones electrónicas si se producen alteraciones del «orden público» o en caso de «amenazas para la seguridad nacional».
Referencial

La principal novedad de esta normativa reside en que ahora el Ejecutivo no necesitará autorización judicial para proceder al corte de redes y comunicaciones, como necesitaba hasta ahora para, por ejemplo, cerrar páginas web en caso de que existiesen indicios de la comisión de un ilícito penal . . .

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