Sentencia pionera en materia de conciliación.
En España: Una sentencia establece que la reducción de jornada no puede conllevar una rebaja de los días de vacaciones.
El Juzgado indica en su sentencia que una reducción de jornada podrá tener incidencia en la retribución económica de las vacaciones, pero no en los días que deban ser disfrutados.

El Juzgado indica en su sentencia que una reducción de jornada podrá tener incidencia en la retribución económica de las vacaciones, pero no en los días que deban ser disfrutados . . .
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