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En España: ¿Puedo visitar a la hija de mi ex pareja con la que conviví desde bebé?

El texto afirma que de la lectura del Código Civil se puede concluir que el régimen de visitas no es un derecho exclusivo de los progenitores. Actualmente pueden fijarse en favor de otros familiares, abuelos, tíos, hermanos; y de allegados; parejas de los progenitores; los considerados padres biológicos si se descubre que no lo son; padrinos; etc.

Por diarioconstitucional·17 de julio de 2019·1 min de lectura
En España: ¿Puedo visitar a la hija de mi ex pareja con la que conviví desde bebé?
Referencial

El texto afirma que de la lectura del Código Civil se puede concluir que el régimen de visitas no es un derecho exclusivo de los progenitores. Actualmente pueden fijarse en favor de otros familiares, abuelos, tíos, hermanos; y de allegados; parejas de los progenitores; los considerados padres biológicos si se descubre que no lo son; padrinos; etc . . .

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