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Diario Constitucional

Opinión.

En España: Los presos preventivos absueltos antes de la sentencia del TC no pueden pedir indemnización.

Dos votos particulares de tres magistrados sostienen que el precepto era constitucional porque el legislador puede elegir a quién indemnizar.

Por diarioconstitucional·04 de julio de 2019·1 min de lectura
En España: Los presos preventivos absueltos antes de la sentencia del TC no pueden pedir indemnización.
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Dos votos particulares de tres magistrados sostienen que el precepto era constitucional porque el legislador puede elegir a quién indemnizar . . .

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