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Diario Constitucional

Enseñanzas mínimas.

Educación primaria con perspectiva de género no supone adoctrinamiento alguno para los alumnos, resuelve Tribunal Supremo de España.

Cuando se alude a la "igualdad de género" o a la "perspectiva de género" se está aludiendo a la igualdad, que no olvidemos es un derecho fundamental. El texto cuya nulidad se postula es la reproducción de una norma con rango de Ley, que precisaría el planteamiento de cuestión de inconstitucionalidad, para declarar su nulidad, que la recurrente no solicita.

Por Redacción·03 de agosto de 2023·1 min de lectura
Educación primaria con perspectiva de género no supone adoctrinamiento alguno para los alumnos, resuelve Tribunal Supremo de España.
Referencial

Cuando se alude a la "igualdad de género" o a la "perspectiva de género" se está aludiendo a la igualdad, que no olvidemos es un derecho fundamental. El texto cuya nulidad se postula es la reproducción de una norma con rango de Ley, que precisaría el planteamiento de cuestión de inconstitucionalidad, para declarar su nulidad, que la recurrente no solicita . . .

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