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Diario Constitucional

Con el objeto de mantener el statu quo existente.

CS de Argentina dispuso prohibición de innovar en caso de Parque Nacional Río Pilcomayo relativo a ocupación de tierras por parte de comunidad indígena.

El máximo Tribunal trasandino confirió traslado a dichas instituciones de las impugnaciones formuladas por dicha comunidad indígena.

Por diarioconstitucional·12 de febrero de 2018·1 min de lectura
CS de Argentina dispuso prohibición de innovar en caso de Parque Nacional Río Pilcomayo relativo a ocupación de tierras por parte de comunidad indígena.
Referencial

El máximo Tribunal trasandino confirió traslado a dichas instituciones de las impugnaciones formuladas por dicha comunidad indígena . . .

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