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Diario Constitucional

Con votos particulares y disidencias.

CS de Argentina acogió recurso extraordinario y declaró inconstitucionalidad del régimen de créditos concursales reconociendo un crédito con privilegio especial a una víctima de negligencia médica.

La decisión fue acordada con la disidencia de los Ministros Highton de Nolasco y Lorenzetti, quienes estuvieron por confirmar la sentencia apelada.

Por diarioconstitucional·05 de abril de 2019·1 min de lectura
CS de Argentina acogió recurso extraordinario y declaró inconstitucionalidad del régimen de créditos concursales reconociendo un crédito con privilegio especial a una víctima de negligencia médica.
Referencial

La decisión fue acordada con la disidencia de los Ministros Highton de Nolasco y Lorenzetti, quienes estuvieron por confirmar la sentencia apelada . . .

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