Con votos particulares y disidencias.
CS de Argentina acogió recurso extraordinario y declaró inconstitucionalidad del régimen de créditos concursales reconociendo un crédito con privilegio especial a una víctima de negligencia médica.
La decisión fue acordada con la disidencia de los Ministros Highton de Nolasco y Lorenzetti, quienes estuvieron por confirmar la sentencia apelada.

La decisión fue acordada con la disidencia de los Ministros Highton de Nolasco y Lorenzetti, quienes estuvieron por confirmar la sentencia apelada . . .
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