Conflicto de competencia.
Corte Suprema de Argentina resuelve que carece de competencia originaria para intervenir en la implementación de una consulta de pueblos originarios.
La competencia originaria de la Corte Suprema solo procede en los casos previstos taxativamente en la Constitución Argentina.

La competencia originaria de la Corte Suprema solo procede en los casos previstos taxativamente en la Constitución Argentina . . .


