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Corte Constitucional del Ecuador rechazó acción de incumplimiento deducida en representación de 76 ecuatorianos en Chile por no poder retornar a su país.

La Corte Constitucional indicó que, que el ingreso de personas ecuatorianas y residentes que están de tránsito en otros países está condicionado a que sea adecuada, a que se impongan los debidos controles sanitarios y a la sujeción a las directrices emitidas por las autoridades de salud.

Por diarioconstitucional·29 de mayo de 2020·1 min de lectura
Corte Constitucional del Ecuador rechazó acción de incumplimiento deducida en representación de 76 ecuatorianos en Chile por no poder retornar a su país.
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La Corte Constitucional indicó que, que el ingreso de personas ecuatorianas y residentes que están de tránsito en otros países está condicionado a que sea adecuada, a que se impongan los debidos controles sanitarios y a la sujeción a las directrices emitidas por las autoridades de salud . . .

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