Covid-19.
Corte Constitucional de Colombia garantiza el derecho a visitas íntimas durante la pandemia a la población penal privada de libertad.
El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario debe adoptar todas las medidas necesarias para reestablecer las visitas íntimas al interior de los centros de reclusión.

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario debe adoptar todas las medidas necesarias para reestablecer las visitas íntimas al interior de los centros de reclusión . . .


