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Diario Constitucional

No se utilizará el término "visitas conyugales".

Corte Constitucional de Colombia declaró que visitas íntimas en cárceles no son solo derecho de los cónyuges.

Según la Magistratura Constitucional existe un sin número de personas que visita a los internos con fines sexuales y afectivos, y no necesariamente se trata de la esposa o el esposo.

Por diarioconstitucional·13 de marzo de 2018·1 min de lectura
Fuente: Wikipedia.org
Referencial

Según la Magistratura Constitucional existe un sin número de personas que visita a los internos con fines sexuales y afectivos, y no necesariamente se trata de la esposa o el esposo . . .

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