No se utilizará el término "visitas conyugales".
Corte Constitucional de Colombia declaró que visitas íntimas en cárceles no son solo derecho de los cónyuges.
Según la Magistratura Constitucional existe un sin número de personas que visita a los internos con fines sexuales y afectivos, y no necesariamente se trata de la esposa o el esposo.

Según la Magistratura Constitucional existe un sin número de personas que visita a los internos con fines sexuales y afectivos, y no necesariamente se trata de la esposa o el esposo . . .
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