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Diario Constitucional

La decisión de devolver a una persona no admitida en el territorio es competencia exclusiva de las autoridades encargadas del control de las personas en las fronteras, y no de la aerolínea.

Consejo Constitucional Francés. Aerolíneas deben transportar a quienes no son admitidos en Francia sin que ello signifique que se les delegue una potestad pública.

El Consejo Constitucional Francés validó la constitucionalidad de la medida que obliga a transportar de regreso a su lugar de origen a los extranjeros a los cuales se les niegue la entrada a Francia, en caso de que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea. Así, la empresa de transporte aéreo…

Por Gonzalo Perez Gonzales·27 de diciembre de 2021·1 min de lectura
Consejo Constitucional de Francia rechazó pronunciarse sobre una cuestión previa de constitucionalidad tributaria alegada por una sociedad.
Referencial

El Consejo Constitucional Francés validó la constitucionalidad de la medida que obliga a transportar de regreso a su lugar de origen a los extranjeros a los cuales se les niegue la entrada a Francia, en caso de que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea. Así, la empresa de transporte aéreo o marítimo estará obligada a devolver inmediatamente a dicho extranjero, a petición de las autoridades encargadas del control de las personas en las fronteras.

El conflicto se originó luego de que Air France alegara que dicha medida significa transferir a . . .

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