Marco temporal sobre tierras indígenas.
Congreso de Brasil rechaza veto presidencial contra normativa que limita los derechos indígenas sobre tierras ancestrales.
El disfrute de las tierras por parte de los pueblos indígenas no prevalecerá sobre los intereses de la política de defensa y soberanía nacional, permitiendo la instalación de bases militares y otras intervenciones militares sin necesidad de consultar a las comunidades indígenas y organizaciones afines.

El Congreso de Brasil rechazó el veto que el presidente Luiz Inácio Lula da Silva dictó contra el proyecto de ley que aborda los plazos para las tierras indígenas (PL 490/07). A pesar de haber sido previamente declarada inconstitucional por la Corte Suprema del país, la legislación impone restricciones a la demarcación de tierras indígenas, limitándola a aquellas que estaban ocupadas tradicionalmente por estos pueblos hasta el 5 de octubre de 1988, fecha de la promulgación de la nueva Constitución Federal, según informó la Agencia de Noticias de la Cámara de Diputados brasileña.
Así, 321 diputados y 53 senadores optaron por revocar la mayoría de los puntos vetados relacionados con el tema, mientras que 137 diputados y 19 senadores se opusieron a esta revocación. Algunos vetos se mantuvieron, como la capacidad de la Unión para dirigir tierras indígenas hacia otros destinos, el uso de organismos genéticamente modificados (OGM) en estas tierras, y normativas sobre el contacto con pueblos indígenas aislados.
El texto estipula que, para considerarse tierras tradicionalmente ocupadas, se debe demostrar objetivamente que en la fecha de promulgación de la Constitución estaban habitadas permanentemente, utilizadas para actividades productivas y esenciales para la preservación de los recursos ambientales, así como para la reproducción física y cultural. Se mantuvieron vetos en áreas como la prohibición de expandir tierras indígenas ya demarcadas, la adaptación de procesos administrativos de demarcación a las nuevas normas y la nulidad de demarcaciones que no cumplan con dichas normas.


