Delito de odio.
Condena de juez que cuestionó a parejas del mismo sexo que adoptan a menores de edad, se confirma por Tribunal español.
Existe una actuación del acusado tendencialmente dirigida a demonizar a un grupo colectivo, construyendo su imagen y de sus miembros como seres incapaces de prohijar en las mismas condiciones que el resto de ciudadanos y potencialmente inclinados al incumplimiento grave de sus deberes paternofiliales.

Existe una actuación del acusado tendencialmente dirigida a demonizar a un grupo colectivo, construyendo su imagen y de sus miembros como seres incapaces de prohijar en las mismas condiciones que el resto de ciudadanos y potencialmente inclinados al incumplimiento grave de sus deberes paternofiliales . . .


