No se vulneró la libertad de culto.
CC de Colombia rechazó tutela y considera que un sacerdote católico no puede eludir ser jurado de votación para elecciones aduciendo que debe oficiar una liturgia.
La Magistratura Constitucional colombiana concluyó declarando la carencia actual de objeto en la acción de tutela presentada.

La Magistratura Constitucional colombiana concluyó declarando la carencia actual de objeto en la acción de tutela presentada . . .
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