Seguridad social y vida digna.
CC de Colombia ordenó pago de pensión de invalidez con los retroactivos correspondientes a persona discapacitada a la que se le había negado dicho beneficio.
La Corte indicó en su sentencia que no era necesario que el demandante se sometiera al proceso judicial de interdicción para obtener el pago de la prestación al que tiene derecho.

La Corte indicó en su sentencia que no era necesario que el demandante se sometiera al proceso judicial de interdicción para obtener el pago de la prestación al que tiene derecho . . .
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