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Diario Constitucional

Derecho fundamental a una muerte digna.

CC de Colombia estableció que solicitud de protección del derecho a morir dignamente debe ser considerada por el juez después de constatar los hechos y contexto del caso.

Cumplido el deber estricto de constatación, determinó que la pretensión del accionante más que morir de forma digna, era vivir de forma digna.

Por diarioconstitucional·08 de febrero de 2018·1 min de lectura
CC de Colombia estableció que solicitud de protección del derecho a morir dignamente debe ser considerada por el juez después de constatar los hechos y contexto del caso.
Referencial

Cumplido el deber estricto de constatación, determinó que la pretensión del accionante más que morir de forma digna, era vivir de forma digna . . .

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