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Diario Constitucional

Principio de laicidad.

CC de Colombia declaró constitucional que se exaltara la Arquidiócesis de Pamplona como creadora, gestora y promotora de procesiones de semana santa en dicha ciudad.

Cuando se está frente a una manifestación cultural que incorpora particularmente un contenido religioso, se debe cumplir, asimismo, el principio de neutralidad, característico de un Estado laico.

Por diarioconstitucional·12 de febrero de 2019·1 min de lectura
CC de Colombia declaró constitucional que se exaltara la Arquidiócesis de Pamplona como creadora, gestora y promotora de procesiones de semana santa en dicha ciudad.
Referencial

Cuando se está frente a una manifestación cultural que incorpora particularmente un contenido religioso, se debe cumplir, asimismo, el principio de neutralidad, característico de un Estado laico . . .

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