En Cárcel de Buga.
CC de Colombia aplicó perspectiva de género en materia de protección a la población penitenciara y carcelaria amparando derechos fundamentales de mujeres reclusas.
El juez de tutela no puede, excusado en la existencia de un estado de cosas inconstitucional en esta materia, incurrir en un déficit de protección de los derechos fundamentales.

El juez de tutela no puede, excusado en la existencia de un estado de cosas inconstitucional en esta materia, incurrir en un déficit de protección de los derechos fundamentales . . .
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