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Caso español: Audiencia de Barcelona califica como abuso sexual penetrar a una menor en estado de shock.

La resolución dice que "la víctima en ningún momento describió el empleo de la fuerza física por parte del procesado ni existen testimonios e informes médicos", donde se indique lo contrario.

Por diarioconstitucional·07 de mayo de 2018·1 min de lectura
Caso español: Audiencia de Barcelona califica como abuso sexual penetrar a una menor en estado de shock.
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La resolución dice que "la víctima en ningún momento describió el empleo de la fuerza física por parte del procesado ni existen testimonios e informes médicos", donde se indique lo contrario . . .

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