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Diario Constitucional

Igualdad ante ley tributaria.

Beneficio tributario pueden invocarlo parejas de hecho que acrediten convivencia estable, resuelve Tribunal Constitucional de España.

No aplicar el beneficio tributario constituye una vulneración a la igualdad ante la ley y al derecho a tutela efectiva, pues el tribunal no ponderó la convivencia estable que lograron acreditar en la instancia.

Por Francisca Merino·05 de abril de 2022·1 min de lectura
PanAm
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No aplicar el beneficio tributario constituye una vulneración a la igualdad ante la ley y al derecho a tutela efectiva, pues el tribunal no ponderó la convivencia estable que lograron acreditar en la instancia . . .

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