Obra de arte.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que el Estado Español no está obligado a pagar sumas de dinero disputadas a raíz de “la Condesa de Chinchón”, obra de arte de Francisco de Goya.
La situación se origina cuando los antiguos propietarios de la referida pintura del artista aragonés, decidieron venderla. Luego de rechazar diversas ofertas provenientes de prestigiosos museos -como el Museo del Prado y la Academia de Bellas Artes- el Estado Español ejerció su derecho de adquisición preferencial reconocido en la ley sobre patrimonio histórico nacional de ese país, haciéndose entrega de la obra en febrero de 2000 a cambio de una cifra cercana a los 25 millones de euros.

La situación se origina cuando los antiguos propietarios de la referida pintura del artista aragonés, decidieron venderla. Luego de rechazar diversas ofertas provenientes de prestigiosos museos -como el Museo del Prado y la Academia de Bellas Artes- el Estado Español ejerció su derecho de adquisición preferencial reconocido en la ley sobre patrimonio histórico nacional de ese país, haciéndose entrega de la obra en febrero de 2000 a cambio de una cifra cercana a los 25 millones de euros . . .
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