No acató fallo dictado con anterioridad.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea condena a Italia a pagar una millonaria multa por incumplir normativa medioambiental.
Para determinar la cuantía de las sanciones pecuniarias se ha tenido en cuenta la gravedad de la infracción, su duración y la capacidad de pago del Estado miembro. Se subraya, en particular, que la falta de tratamiento de las aguas residuales urbanas es perjudicial para el medio ambiente y debe considerarse especialmente grave.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) condenó a Italia a pagar una millonaria multa por incumplir la normativa de la Unión en materia medioambiental, a pesar de que un fallo de 2014 le había ordenado adoptar diversas medidas para implementar debidamente la Directiva 91/271/CEE sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas, por lo que deberá abonar una cuantioso monto pecuniario.
La Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas establece la obligación de recoger y tratar estas aguas antes de su vertido en el medio ambiente, con el objetivo de cumplir los estándares de protección de la salud pública y el ecosistema. En 2014, el TJUE declaró que Italia incumplió esta normativa, al constatar deficiencias en la recogida y tratamiento de aguas residuales en 41 zonas de su territorio.
Transcurridos nueve años desde dicha sentencia y constatada la persistencia del incumplimiento en cinco aglomeraciones —Castellammare del Golfo I, Cinisi, Terrasini, Trappeto y Courmayeur—, la Comisión Europea promovió un nuevo recurso por incumplimiento. En este procedimiento, solicitó la imposición de sanciones económicas con base en la falta de ejecución de la resolución del Tribunal, en aplicación del marco jurídico establecido por el Derecho de la Unión Europea.
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