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Diario Constitucional

Remisión prejudicial.

TJUE indica que los tribunales nacionales deben recibir solicitudes de protección internacional y deben informar al migrante de las condiciones de presentación de dicha solicitud.

La persona que haya manifestado su voluntad de solicitar protección internacional ante las autoridades competentes para recibir la solicitud no puede ser internada por no haber suficientes plazas disponibles en los centros de acogida humanitaria.

Por diarioconstitucional·04 de julio de 2020·1 min de lectura
TJUE indica que los tribunales nacionales deben recibir solicitudes de protección internacional y deben informar al migrante de las condiciones de presentación de dicha solicitud.
Referencial

La persona que haya manifestado su voluntad de solicitar protección internacional ante las autoridades competentes para recibir la solicitud no puede ser internada por no haber suficientes plazas disponibles en los centros de acogida humanitaria . . .

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