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Diario Constitucional

Caso implantes mamarios PIP.

TJUE indica que la prohibición general de discriminación por razón de la nacionalidad no puede ser invocada para impugnar una cláusula establecida en un contrato.

El contrato fue celebrado entre un fabricante de productos sanitarios y una entidad aseguradora y limita el ámbito territorial de la cobertura del seguro de responsabilidad civil.

Por diarioconstitucional·20 de junio de 2020·1 min de lectura
TJUE indica que la prohibición general de discriminación por razón de la nacionalidad no puede ser invocada para impugnar una cláusula establecida en un contrato.
Referencial

El contrato fue celebrado entre un fabricante de productos sanitarios y una entidad aseguradora y limita el ámbito territorial de la cobertura del seguro de responsabilidad civil . . .

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