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Diario Constitucional

Remisión prejudicial.

TJUE indica que comportamiento conflictivo de un pasajero puede constituir una circunstancia extraordinaria permitiendo a la aerolínea quedar eximido de la obligación de compensación.

El transportista aéreo ha de garantizar a los pasajeros lo antes posible un transporte alternativo mediante otros vuelos directos o con escala que puedan operar otras compañías aéreas.

Por diarioconstitucional·22 de junio de 2020·1 min de lectura
TJUE indica que comportamiento conflictivo de un pasajero puede constituir una circunstancia extraordinaria permitiendo a la aerolínea quedar eximido de la obligación de compensación.
Referencial

El transportista aéreo ha de garantizar a los pasajeros lo antes posible un transporte alternativo mediante otros vuelos directos o con escala que puedan operar otras compañías aéreas . . .

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