Derecho al respeto del domicilio y la correspondencia.
Normativa italiana que regula fiscalizaciones tributarias vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos al otorgar excesivas facultades a las autoridades, resuelve el TEDH.
Incluso teniendo en cuenta el amplio margen de apreciación de los Estados en esta materia, la naturaleza relativamente moderada de la injerencia y el contexto fiscal, el marco jurídico interno confería a las autoridades una discrecionalidad ilimitada respecto al alcance de las medidas adoptadas y la forma en que podían ser implementadas.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda deducida contra Italia por las arbitrariedades cometidas durante una fiscalización tributaria, a causa del amplio margen que la legislación nacional otorga a las autoridades en esta materia. Constató una violación del artículo 8 (derecho al respeto del domicilio y la correspondencia) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Los trece demandantes, en su mayoría personas jurídicas, fueron objeto de inspecciones fiscales entre 2018 y 2022 en sus locales profesionales, conforme a autorizaciones emitidas por la autoridad fiscal en virtud de diversos decretos presidenciales. Durante dichas inspecciones, se les exigió la presentación de registros contables, libros de cuentas, facturas y otros documentos atinentes, incluidos registros no contables relacionados con sus transacciones, activos y pasivos.
Se informó a los demandantes sobre el deber de secreto profesional de los agentes y las garantías establecidas en la normativa. Asimismo, fueron advertidos de las consecuencias de una negativa a proporcionar la documentación solicitada, incluida la facultad de la Autoridad Fiscal para estimar ingresos mediante presunciones. Los documentos presentados fueron copiados e incautados.
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