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Diario Constitucional

Contaminación ambiental.

Multa impuesta a Eslovenia por no gestionar adecuadamente vertidos de residuos en su territorio se confirma por el TJUE.

Consideramos que dicho Estado miembro tuvo tiempo suficiente para proceder al saneamiento del vertedero en cuestión y que el retraso no puede justificarse, en particular, ni por la pandemia de COVID-19 ni por la desorganización provocada por esta pandemia en la actividad administrativa.

Por Redacción·10 de mayo de 2025·2 min de lectura
imagen: freepik
Referencial

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acogió el recurso por incumplimiento que la Comisión Europea interpuso contra Eslovenia por incumplir un fallo que le ordenó gestionar adecuadamente un caso de contaminación ambiental en su territorio, en contravención al Derecho de la Unión.

El TJUE, mediante sentencia de 2015, declaró que Eslovenia había infringido el Derecho de la Unión en materia de gestión de residuos. La infracción se refería a un vertedero situado en un municipio, donde se permitió el depósito de tierras de excavación sin verificar la presencia de otros residuos ni adoptar medidas adecuadas para su eliminación conforme a la normativa aplicable.

Ante la falta de ejecución de dicha sentencia por parte de Eslovenia, la Comisión Europea interpuso un nuevo recurso tras constatar el incumplimiento del fallo. En este procedimiento, solicitó al Tribunal que condenara al Estado a pagar una suma a tanto alzado, en aplicación del artículo 260 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), como medida para asegurar el cumplimiento efectivo del fallo anterior.

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