Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Mónaco no violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos al no renovar la comisión de servicio de un juez francés, resuelve el TEDH.
El Convenio franco-monegasco de 2005 preveía expresamente que la duración de las comisiones de servicio era de tres años, "renovables una vez", salvo pacto en contrario en vigor entre los dos Estados y sujeto a posibles excepciones. Este texto no especificaba que la renovación de la comisión de servicio se concedería automáticamente al final del período de tres años.

El Convenio franco-monegasco de 2005 preveía expresamente que la duración de las comisiones de servicio era de tres años, "renovables una vez", salvo pacto en contrario en vigor entre los dos Estados y sujeto a posibles excepciones. Este texto no especificaba que la renovación de la comisión de servicio se concedería automáticamente al final del período de tres años . . .
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