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Diario Constitucional

Directiva 2003/86/.

Menores refugiados tienen derecho a la reunificación familiar incluso si alcanzan la mayoría de edad durante el proceso, resuelve el TJUE.

El derecho a la reagrupación familiar no puede depender de la mayor o menor celeridad con la que se tramite la solicitud. Por consiguiente, no puede denegarse alegando que el refugiado ya no era menor de edad en la fecha en que se resuelve sobre dicha solicitud.

Por Redacción·06 de febrero de 2024·1 min de lectura
imagen: lisanews.org
Referencial

El derecho a la reagrupación familiar no puede depender de la mayor o menor celeridad con la que se tramite la solicitud. Por consiguiente, no puede denegarse alegando que el refugiado ya no era menor de edad en la fecha en que se resuelve sobre dicha solicitud . . .

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