Derechos Humanos.
Las Relatorías Especiales de la CIDH manifiestan preocupación por la activación de mecanismos penales por difamación contra un profesor universitario en Brasil y llaman al Estado a respetar la libertad académica.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión observa que las críticas esgrimidas por el profesor y columnista Conrado Hübner Mendes que motivaron la demanda penal están dirigidas a una autoridad pública y a decisiones inherentes a su cargo, y por ende sujetas a la controversia y al escrutinio público por los principios que rigen a una sociedad democrática.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) y la Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifiestan su preocupación por la interposición de una demanda penal de difamación en contra del profesor de la Universidad de São Paulo (USP) Conrado Hübner Mendes, y llaman al Estado brasileño a respetar el derecho a la libertad de expresión y a la libertad académica.
De acuerdo con información de público conocimiento, el 20 de mayo el Procurador General de la República (PGR) de Brasil, Antônio Augusto Brandão de Aras, habría interpuesto ante el Tribunal Federal del Distrito Federal una denuncia penal por calumnia, injuria y difamación en contra de Conrado Hübner Mendes, profesor en la Facultad de Derecho de la USP y columnista del diario Folha de São Paulo. En su escrito, el Procurador General argumentó que el profesor habría cometido delitos contra su honor al criticar su actuación a través de una serie de tweets y un artículo en el periódico Folha de S.Paulo, que datarían de enero de este año. Según pudieron conocer estas Relatorías, los mensajes de Conrado Hübner Mendes que habrían motivado la acción penal tildaban al funcionario de un «servidor del presidente» y afirmaban que ciertas omisiones en su actuación judicial estarían supuestamente beneficiando al jefe de Estado y a sus intereses políticos. Para la defensa legal de Augusto Aras, el profesor y columnista no se habría limitado a «promover la crítica por la narrativa o simplemente a formular una crítica áspera o con contenido altamente negativo», sino que además habría imputado públicamente al procurador el delito de prevaricato.
De conformidad con la información recibida por las Relatorías, previo a incoar una demanda penal, el Procurador General de la República habría intentado otras vías sancionatorias en contra del profesor. Según trascendió públicamente, el 3 de mayo, el funcionario judicial solicitó a la Universidad de São Paulo que, a través de su Comisión de Ética, investigue la conducta del profesor Conrado Mendes por las publicaciones realizadas en su contra, que a su juicio constituían ataques a su honor y reflejaban una violación a las normas éticas, y que «se adopten las medidas que el caso requiera». En concreto, el Procurador General de la República afirmó que las manifestaciones del profesor Conrado Mendes habrían infringido los artículos 5, 6 y 7 del Código de Ética de la USP que establecen, entre otros, el deber de «fomentar el respeto por la verdad»; «actuar de forma compatible con la moral»; abstenerse de «difundir información de forma sensacionalista, promocional o que falte a la verdad»; y el deber de «comentar hechos cuya veracidad y procedencia hayan sido confirmados o identificados». Posteriormente, un comunicado público de la Secretaría de Comunicación de la PGR advirtió que «la cuestión que se debate no es la crítica, sino su falta de fundamento y la forma irrespetuosa en que se hace, sin tener en cuenta que todas las manifestaciones del Procurador General fueron aceptadas por el STF [Supremo Tribunal Federal]».
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