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Diario Constitucional

Derecho al respeto de la vida privada y familiar.

Establecimiento de medidas de control para evitar que parlamentarios revelen información protegida judicialmente es facultad de cada Estado, resuelve el TEDH.

Corresponde en primer lugar a los parlamentos nacionales evaluar la necesidad de imponer restricciones a la conducta de sus miembros. Esta posición respeta el principio constitucional de autonomía parlamentaria. En el Reino Unido, existe una norma que obliga a los miembros de la Cámara de los Lores a informar con al menos 24 horas de antelación al presidente si planean discutir un asunto pendiente en los tribunales.

Por Redacción·10 de abril de 2025·3 min de lectura
imagen: arcpublishing
Referencial

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) desestimó la demanda deducida contra Reino Unido por la presunta falta de control normativo para evitar que miembros del parlamento filtren información calificada como reservada por los tribunales nacionales. No constató ninguna violación al artículo 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al estimar que el establecimiento de estos controles es una prerrogativa exclusiva de cada Estado.

Un empresario británico, presidente de un grupo empresarial, fue investigado por periodistas en 2018 por presuntamente acosar e intimidar a empleados. Posteriormente el grupo solicitó medidas judiciales para impedir la publicación de información obtenida en violación de acuerdos de confidencialidad y la identidad del empresario. La medida fue denegada en primera instancia y otorgada por el tribunal ad quem.

Pese a la orden judicial, un miembro de la Cámara de los Lores, invocando inmunidad parlamentaria, reveló públicamente la identidad del hombre. Como consecuencia, se levantaron las órdenes de anonimato. Por este motivo, el empresario demandó al medio de comunicación por el papel desempeñado en la filtración, pero desistió del procedimiento al considerar que la confidencialidad ya no era sostenible. No obstante, demandó al Estado ante el TEDH, aduciendo que no existían controles para evitar el uso de la inmunidad parlamentaria para revelar información protegida por una orden judicial.

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