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Diario Constitucional

Deuda histórica.

Corte Interamericana de Derechos Humanos declara a Chile responsable por no cumplir de forma diligente sentencias que reconocían el pago de asignación especial a 846 docentes.

La dilación injustificada en el cumplimiento de una sentencia constituye en sí misma una violación a las garantías judiciales. El Estado deberá pagar directamente a las víctimas del caso o a sus descendientes, las sumas adeudadas en tres cuotas anuales.

Por Francisca Merino·24 de diciembre de 2021·1 min de lectura
Fuente: Colegio de Profesores de Chile A.G.
Referencial

La dilación injustificada en el cumplimiento de una sentencia constituye en sí misma una violación a las garantías judiciales. El Estado deberá pagar directamente a las víctimas del caso o a sus descendientes, las sumas adeudadas en tres cuotas anuales . . .

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