Garantías y libertades democráticas.
CIDH rechaza la cancelación de 25 personerías jurídicas de organizaciones, que profundiza el cierre de espacios democráticos en Nicaragua.
La Comisión recuerda que la libertad de asociación, reconocida en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en la Declaración Americana, es un derecho fundamental vinculado a todo sistema democrático.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) rechaza la cancelación de la personería jurídica de otras 25 organizaciones de la sociedad civil en Nicaragua. En total, más de 160 organizaciones fueron afectadas con la cancelación de sus respectivas personerías, en el marco del continuo y acelerado cierre del espacio cívico y democrático en el país.
La CIDH recuerda que la libertad de asociación, reconocida en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en la Declaración Americana, es un derecho fundamental vinculado a todo sistema democrático. Este derecho se caracteriza por garantizar que las personas creen y participen en entidades u organizaciones con el objetivo de actuar colectivamente en la consecución de los más diversos fines. Por lo que, cualquier restricción al ejercicio de este derecho debe estar previsto en la ley, perseguir un fin legítimo y, en definitiva, resultar necesarias y proporcionales en toda sociedad democrática.
El 20 de abril, según información pública, la Asamblea Legislativa ordenó la cancelación de la personería jurídica de 25 organizaciones de la sociedad civil por el alegado incumplimiento de la Ley no. 147 sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y la Ley no. 977 contra el Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
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