Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Aerolíneas deben compensar a pasajeros si existe una denegación anticipada de embarque, incluso si no se presentan a la facturación, resuelve el TJUE.
El derecho a compensación se aplica aun cuando se haya informado al pasajero de la denegación de embarque con al menos dos semanas de antelación respecto a la hora de salida prevista del vuelo.

El derecho a compensación se aplica aun cuando se haya informado al pasajero de la denegación de embarque con al menos dos semanas de antelación respecto a la hora de salida prevista del vuelo . . .
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